Cáceres y Provincia
TC rechaza también recurso comunidades de propietarios contra orden de demoler Valdecañas
Llega semanas después de que el Constitucional desestimara, también por unanimidad, el recurso que presentó la Junta contra la orden del TS.
El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso de amparo presentado por las comunidades de propietarios contra la decisión del Tribunal Supremo (TS) de ordenar la demolición de la 'Isla de Valdecañas', un complejo urbanístico de 134,5 hectáreas en los términos municipales de El Gordo y Berrocalejo, en la provincia de Cáceres.
En concreto, según ha comunicado este miércoles la corte de garantías en una nota informativa, el Pleno ha plasmado esa decisión por unanimidad en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Enrique Arnaldo.
Un rechazo que llega semanas después de que el Constitucional desestimara, también por unanimidad, el recurso que presentó la Junta de Extremadura contra la orden del TS de demolición.
Así pues, los magistrados consideran que no se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva "en su vertiente de derecho a una motivación reforzada", resaltando que "el pronunciamiento de nulidad y reposición de los terrenos a la situación anterior, en el que se hace descansar la afectación a la libertad de residencia y a la propiedad, no deriva directamente de la sentencia objeto del recurso de amparo, sino de las previas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que ya ordenaron la demolición de todo el complejo".
Al mismo tiempo, inciden en que son derechos "delimitados por la legalidad urbanística", ya que "la libre elección de domicilio, que forma parte del contenido de la libertad de residencia, en modo alguno exime del cumplimiento de las previsiones legales sobre el uso concreto del suelo en el que se ubica el complejo".
"Y lo mismo sucede en relación con la propiedad inmobiliaria, cuyo concreto contenido es fijado por la ley y por el planeamiento territorial y urbanístico", sostienen, según la nota.
Igualmente, el TC tampoco considera que la decisión del Supremo vulnere el derecho a la tutela judicial efectiva "en la vertiente del derecho a la intangibilidad de las resoluciones judiciales firmes", puesto que "lo que se resuelve son las cuestiones vinculadas a la manera de proceder a la reposición de los terrenos a su estado anterior, sin que lo decidido modifique o altere el fallo de las sentencias previas del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que declararon la nulidad del proyecto y ordenan dicha reposición".
El Constitucional ha indicado que se encuentra pendiente de resolución un tercer recurso de amparo, en su caso planteado por los ayuntamientos de El Gordo y Berrocalejo.
PERIPLO JUDICIAL
La corte de garantías ha adoptado esta decisión después de que en junio de 2023 acordara suspender de forma cautelar el derribo del complejo urbanístico, aunque en aquella ocasión se resolvió por seis votos a favor y cinco en contra, al considerar que la medida era prematura porque no había riesgo inminente.
El Constitucional optó por suspender la orden del Supremo mientras se pronunciaba sobre el fondo del recurso, al entender que el derribo de todo lo ya construido "ocasionaría perjuicios económicos difícilmente reparables por su entidad o por la irreversibilidad de las situaciones jurídicas que puedan producirse".
Fue en noviembre de 2022 cuando el TC admitió a trámite los recursos planteados contra la sentencia del Supremo que dio la razón a Ecologistas en Acción-CODA, ordenando demoler el complejo urbanístico en su totalidad.
Este paso ya se dio con la división del Constitucional. Cinco de los once magistrados del TC -entonces de mayoría conservadora- anunciaron votos particulares contra la admisión a trámite.
El punto de partida de este litigio se sitúa en 2011, cuando el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura anuló el visto bueno de la Junta a la 'Isla de Valdecañas' y acordó devolver los terrenos a la situación anterior a la aprobación del proyecto.
El TS confirmó las resoluciones del TSJ, pero en 2021, una vez abierto el trámite, el tribunal extremeño declaró la imposibilidad de ejecutarlas, acordando hacerlo solo de forma parcial, lo que implicaba demoler lo no terminado y conservar el hotel, las viviendas, el campo de golf y otras instalaciones ya construidas. Sin embargo, en 2022, el alto tribunal, estimando el recurso de la ONG ecologista, ordenó derruir también lo ya construido.