Economía

Junta otorga 500.000€ para este año a ayudas para el fomento de la integración cooperativa

La nueva norma aprobada recoge cinco líneas de subvención, como son la fusión cooperativa o la constitución de cooperativas de segundo grado.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado este martes un decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la integración cooperativa en el sector agroalimentario de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicio de 2026, con una cuantía de 500.000 euros.

En concreto, según señala el Ejecutivo regional, en Extremadura la mayoría de las entidades agroalimentarias están constituidas por sociedades cooperativas, que tienen "una dimensión inadecuada", lo que está "limitando la potencia y competitividad del sector".

Por ello, la Administración regional "viene apoyando e impulsando procesos de reestructuración e integración cooperativos", por lo que las beneficiarias de este decreto son las sociedades cooperativas de primer grado, agroalimentarias y de explotación comunitaria de la tierra, las de segundo grado constituida o sociedad cooperativa cabeza de grupo en la constitución de un grupo, las sociedades agrarias de transformación y las entidades agroalimentarias prioritarias que se inscriban en su registro por primera vez.

CINCO LÍNEAS DE SUBVENCIÓN

Así pues, la nueva norma aprobada recoge cinco líneas de subvención, como son la fusión cooperativa (fusión y consolidación); la constitución de cooperativas de segundo grado o de grupos cooperativos; la incorporación a cooperativas, grupos cooperativos o entidades asociativas inscritas; la celebración de acuerdos intercooperativos, y el reconocimiento como Entidad Agroalimentaria Prioritaria.

En este decreto se han introducido modificaciones puntuales respecto a la última normativa en esta materia, que afecta a los procedimientos de fusión cooperativa.

Así, en la línea 1 se contempla la necesidad de adecuar la actuación subvencionable en los procesos de fusión cooperativa para alcanzar un periodo de tiempo más amplio que el inicialmente previsto, incluyendo tanto el inmediatamente anterior a la fusión como el inmediatamente posterior referido al funcionamiento inicial de la entidad, que requiere también de ayuda en su financiación, señala el Ejecutivo regional.

Además, se ajustan las cuantías subvencionables para cada línea con el objeto de adaptarse mejor a la realidad de los costes de los procesos de integración contemplados en estas subvenciones.

A su vez, se amplían los supuestos de la línea 3 (incorporación a cooperativas o grupos cooperativos o a entidades asociativas inscritas), que no queda circunscrita ya a la incorporación a cooperativas de segundo grado, sino también a las de primer grado, puesto que a este grupo pertenecen la mayoría de las cooperativas.

También se adaptan los gastos subvencionables de acuerdo con la naturaleza de las actividades subvencionadas y, atendiendo a las sugerencias del sector, se ha variado el criterio de valoración relativo al volumen de facturación y el referido al subsector de pertenencia y la actuación subvencionable relativa a los acuerdos intercooperativos.

El procedimiento de concesión de estas ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación conforme a los criterios de valoración establecidos, concluye el Ejecutivo regional.