Juventud
Alumnos sin bus escolar en Extremadura pueden pedir ayuda 0,26€/km. desde este miércoles
El periodo subvencionable de estas ayudas al transporte escolar comprenderá del 11 al 19 de septiembre. Para ello, la Junta destinará 596.960€.
Ep.
Los alumnos que no han podido acudir a sus respectivos centros educativos en el servicio de transporte escolar este inicio de curso escolar por el conflicto entre las empresas de autobuses y la Junta de Extremadura podrán solicitar las ayudas aprobadas de 0,26 euros por kilómetro de recorrido a partir de este miércoles.
Así se recoge en el Decreto-Ley 6/2025, de 18 de septiembre, que publica este martes el Diario Oficial de Extremadura, que contempla las ayudas aprobadas por el Consejo de Gobierno extraordinario celebrado por la Junta el pasado jueves, para el alumnado con derecho a transporte escolar, matriculado en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se vea afectado por la falta de prestación de dicho servicio durante el inicio del curso escolar 2025/2026.
En concreto, se abonará 0,26 euros/kilómetro teniendo en cuenta un recorrido de ida y vuelta por día lectivo, entre el domicilio familiar y el centro escolar en que esté matriculado el alumno.
El periodo subvencionable de estas ayudas al transporte escolar comprenderá del 11 al 19 de septiembre de 2025. Para ello, la Junta destinará la cantidad máxima de 596.960 euros.
Asimismo, el Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios publicará, dentro de los próximo cinco días hábiles, una vez publicado el decreto este martes, fecha en la que asimismo entra en vigor, en el DOE y en Educarex, la relación provisional de personas beneficiarias atendiendo a las rutas y trayectos donde se hayan detectado incidencias por falta de prestación del servicio.
La notificación de este trámite se efectuará mediante publicación de un anuncio en el DOE, de modo que quienes no aparezcan en dicha relación y consideren que tienen derecho a percibir la ayuda podrán presentar solicitud en el plazo improrrogable de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de la relación provisional a la que se refieren los apartados anteriores.
Las solicitudes se podrán presentar en los registros de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en las oficinas de respuesta personalizada y a través de cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, así como por medios electrónicos, preferentemente en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura a través del punto de acceso general electrónico.
El abono de las ayudas concedidas se realizará en un pago único, por su importe total, correspondiente al tiempo que dure la situación que justifica el otorgamiento de las ayudas.