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Juzgado rechaza cautelar que pedía Junta de obligar empresas a prestar transporte escolar

Señala en su auto que 'no consta indicios de criminalidad fundados que justifique adoptar medida cautelar'.

Ep.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 ha denegado la medida cautelar solicitada por la Junta de Extremadura en la que pedía obligar a las empresas que había denunciado a prestar el servicio de transporte escolar, que venían prestando durante el curso anterior.

En un acto dictado este mismo jueves, recogido por Europa Press, el juzgado considera que "no procede a adoptar la medida cautelar al no darse los requisitos procesales exigido para su adopción".

En primer lugar, señala el juzgado en su auto, que en esta fase inicial del procedimiento tras la denuncia presentada por la Junta de Extremadura el pasado 4 de septiembre, "no consta indicios de criminalidad fundados que justifique adoptar medida cautelar".

Considera el auto que los hechos expuestos por el Ejecutivo regional "se fundan en ciertas conjeturas por la Administración que está por determinarse en fase instructora".

En segundo lugar, "no concurre proporción entre los hechos denunciados y la medida solicitada", señala el juzgado, que apunta que "no resulta proporcionado imponer a las empresas denunciadas el cumplimiento de unos servicios de trasportes respecto del cual no son adjudicatarias".

Finalmente, señala el juez que la medida cautelar que pedía la Junta "no es la única opción posible", ya que a su juicio, la Administración "dispone de recursos administrativos para garantizar el derecho de trasporte escolar como complemento, en determinadas circunstancias, del derecho de educación, sin perjuicio de poder instar acciones civiles o contenciosos administrativas en orden a reparar posibles perjuicios", señala.

Por todo ello, el juzgado acuerda rechazar esta medida cautelar solicitada por la Junta de Extremadura, en un auto que puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial.

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