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Ayudas para ganaderos extremeños afectados por el vaciado sanitario de sus explotaciones

Según Elena Manzano, estas ayudas permitirán a los titulares de las explotaciones 'repoblar su ganado', ya sea ovino, bovino o caprino.

Ep./Rd.

Los ganaderos extremeños afectados por el "vaciado sanitario" de sus explotaciones debido a enfermedades animales como la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, ovina y caprina, lengua azul o encefalopatías espongiformes transmisibles, podrán recibir hasta un máximo de 40.000 euros en ayudas de la Junta de Extremadura.

El Consejo de Gobierno ha aprobado este miércoles un decreto por el que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, dotadas con 300.000 euros para este año 2026, para "apoyar el sector ganadero extremeño afectado por enfermedades que les hayan obligado a sacrificar a sus animales".

Así lo ha explicado la portavoz de la Junta de Extremadura, Elena Manzano, en rueda de prensa este miércoles para informar de los asuntos tratados en el Consejo de Gobierno, en la que ha explicado que estas ayudas permitirán a los titulares de las explotaciones "repoblar su ganado", ya sea ovino, bovino o caprino, ha dicho.

"Buscamos así compensar las pérdidas de los ganaderos afectados por enfermedades como la tuberculosis, la brucelosis o la lengua azul", ha explicado la portavoz de la Junta, quien ha recordado que el vaciado sanitario es una medida de control veterinario que consiste en "sacrificar y retirar todos los animales de una explotación ganadera, independientemente de que estén enfermos o no, para erradicar alguna enfermedad infecciosa y evitar así su propagación".

Esta medida se aplica cuando las autoridades veterinarias consideran que "el riesgo sanitario es alto y cuando no hay otras soluciones que garanticen el control de este brote", ha apuntado Manzano, quien ha aseverado que con estas ayudas, la Junta de Extremadura "reafirma su compromiso con el sector ganadero".

De esta forma se "garantiza que los afectados puedan afrontar los gastos por la compra o arrendamiento de los animales necesarios para recuperar su cabaña ganadera", ha señalado.

DETALLES DEL DECRETO

Las bases de estas subvenciones a la repoblación, recogidas en el Real Decreto 82/2015, de 13 de febrero, han sufrido modificaciones relacionadas con el origen de los fondos y la acreditación de ciertos requisitos, por lo que surge la necesidad de este nuevo decreto autonómico que desarrolla las bases estatales para incorporar los cambios y reflejar mejoras relacionadas con la simplificación en la documentación administrativa.

De este modo, podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas o entidades titulares de las explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino ubicadas con carácter fijo (no temporal) en Extremadura, y sobre las que la autoridad competente en materia de sanidad animal de la Administración regional hubiera aprobado el sacrificio obligatorio de todos los animales por la confirmación de las enfermedades citadas.

Las ayudas contemplan la compra o el arrendamiento con opción de compra de los animales para la repoblación de la explotación que se hubiesen incorporado antes o después de la fecha de solicitud de la misma, pero siempre dentro del periodo comprendido entre los 3 y los 15 meses posteriores a la salida del último animal objeto del vaciado sanitario y, en todo caso, computarán aquellos animales incorporados al rebaño hasta el 1 de octubre del año de convocatoria, aún en el caso de no haber completado definitivamente la repoblación.

El importe máximo de la ayuda por cada persona beneficiaria y vaciado sanitario será de 40.000 euros (en una o en varias convocatorias).