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10 diciembre 2025
El presidente del Gobierno confirma una nueva moratoria de un año para la adaptación de los sistemas informáticos de facturación.
La implantación definitiva de los nuevos requisitos técnicos antifraude tendrá que esperar. El Gobierno ha confirmado un nuevo retraso en la aplicación del reglamento que regula los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF), conocido como Verifactu.
Según anunció el presidente de Gobierno, Pedro Sánchez, el pasado 2 de diciembre y precisó posteriormente Hacienda, la obligación de uso de estos sistemas para las empresas y profesionales no llegará finalmente hasta el año 2027.
Esta medida supone un cambio sustancial en la hoja de ruta que manejaban tanto la Agencia Tributaria como el tejido empresarial.
El aplazamiento fue incluido en el real decreto ley que el Consejo de Ministros aprobó para cumplir con los compromisos adquiridos con Junts, formación que, junto a patronales como Pimec y la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), había presionado para flexibilizar los plazos ante la dificultad de adaptación de muchas pequeñas empresas.
El nuevo escenario dibuja dos fechas clave para los contribuyentes, posponiendo un año las previsiones anteriores.
Por un lado, las empresas que tributan en el Impuesto sobre Sociedades tendrán que utilizar sistemas adaptados a partir del 1 de enero de 2027. Por otro, los autónomos y el resto de entidades en régimen de atribución de rentas dispondrán de seis meses más, siendo su fecha límite el 1 de julio de 2027.
Sin embargo, existe una distinción crucial que a menudo pasa desapercibida: el retraso afecta a los usuarios (empresas y autónomos), pero no necesariamente a la industria tecnológica en la misma medida. Según la normativa técnica, los fabricantes de software deben tener sus productos listos mucho antes para poder comercializarlos legalmente.
De hecho, tal y como se detalla en documentación técnica especializada, la fecha límite para los desarrolladores se mantiene en julio de 2025. Es en este punto donde la confusión suele reinar entre lo que exige la ley al fabricante y lo que exige al usuario final.
Para clarificar este desfase, portales especializados como QRNow cuentan con un calendario de implementación que grafica bien la puesta en marcha escalonada, diferenciando entre el periodo de puesta en marcha para los desarrolladores y el inicio de uso obligatorio para los contribuyentes.

Hay que tener en cuenta que el objetivo de Verifactu sigue siendo el mismo a pesar del retraso: garantizar la trazabilidad de todas las operaciones y evitar el "software de doble uso" que permite ocultar ventas.
La normativa exige que los programas informáticos generen un registro de facturación inalterable y se remitan automáticamente a Hacienda (en la modalidad "Veri*Factu") o se aseguren mediante huella digital.
Aunque la presión se relaja para el contribuyente, el riesgo sancionador sigue en el horizonte. La ley contempla multas severas: hasta 150.000 euros para los fabricantes que vendan programas no adaptados a partir de la fecha límite de comercialización, y 50.000 euros por ejercicio para las empresas que, llegado 2027, utilicen sistemas no conformes.
La noticia fue recibida de forma desigual por los representantes de los trabajadores por cuenta propia. Desde ATA, su presidente Lorenzo Amor ha manifestado "alivio", asegurando que los autónomos pueden "respirar más tranquilos" al no comenzar el año con nuevas cargas administrativas y costes tecnológicos añadidos, según reporta El Mundo.
Amor ha agradecido explícitamente la presión política ejercida para lograr esta moratoria.
En el lado opuesto, Eduardo Abad, presidente de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), ha calificado la situación de "despropósito". Para Abad, estos continuos cambios de criterio y marchas atrás generan "desconfianza" en un colectivo que se siente "harto" de la incertidumbre regulatoria.
Por su parte, el Consejo General de Gestores Administrativos adopta una postura pragmática. Fernando Jesús Santiago, presidente de la institución, valora la tranquilidad que aporta el retraso, pero advierte que esta prórroga solo será útil si la Administración la aprovecha para "hacer bien aquello que no se ha hecho hasta ahora": aclarar definitivamente quién debe acogerse al sistema y evitar una nueva oleada de confusión cuando se acerque 2027.
Cabe recordar que esta normativa es independiente, aunque complementaria, de la Ley de Crea y Crece sobre la factura electrónica B2B, cuyo desarrollo reglamentario sigue su propio curso, sumando capas de complejidad a la digitalización administrativa de las empresas españolas.
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