Extremadura

Empresas turísticas afectadas por incendios podrán solicitar ayudas desde este miércoles

La Junta publicará en un máximo de diez días hábiles una lista provisional con agricultores y ganaderos beneficiarios y las cuantías.

Ep.

La Junta de Extremadura ha publicado este martes en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto-Ley 5/2025, de 18 de septiembre, de ayudas extraordinarias y otras medidas urgentes para la recuperación de las zonas afectadas por los incendios forestales acaecidos en Extremadura durante el verano de 2025 y en materia preventiva de incendios forestales.

La norma, que debe ser convalidada por mayoría del Pleno de la Asamblea de Extremadura, fue aprobada el pasado jueves, 18 de septiembre, en una sesión extraordinaria del Consejo de Gobierno.

Según recoge el decreto-ley, consultado por Europa Press, entra en vigor este mismo martes, y las ayudas aprobadas para las empresas del sector turístico afectadas por los incendios se podrán solicitar desde este miércoles, y durante un plazo de un mes.

Asimismo, en cuanto a las ayudas establecidas para el sector primario, indica que el órgano instructor publicará dentro de los diez días hábiles posteriores a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de este Decreto-ley, la relación provisional de beneficiarias, de las cuantías de las subvenciones a percibir e incidencias detectadas.

Quienes no aparezcan en dicha relación y consideren que tienen derecho a percibir la ayuda así como aquellos que consideren incorrecta la cuantía de la relación podrán presentar las justificaciones que estimen pertinentes.

En concreto, el presente Decreto-ley, de 109 páginas, tiene por objeto establecer un régimen extraordinario de ayudas directas y de financiación en condiciones preferentes así como la adopción de otras medidas destinadas a paliar los daños ocasionados por los incendios forestales del verano de 2025 en Extremadura, así como medidas preventivas en materia de incendios forestales.

Así, se regulan las ayudas extraordinarias a sectores agrícolas y ganaderos por incendios forestales y las subvenciones para la financiación de préstamos a titulares de explotaciones agrícolas de cerezo, olivar, castaño declarado como frutal y asociaciones de cultivos con estos, así como a titulares de explotaciones extensivas de ganado bovino, ovino, caprino, porcino, equino y apícola radicadas en Extremadura y afectas por incendios forestales.

También se incluyen otras medidas relacionadas con los incendios forestales, como medidas en instalaciones de generación de energía eléctrica, también es objeto de modificación la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales de Extremadura.

Otro capítulo expone las medidas en materia tributaria, como la modificación en el impuesto sobre aprovechamientos cinegéticos, y de determinadas tasas vinculadas al aprovechamiento cinegético y a la actividad ganadera.

Asimismo, es objeto de modificación la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, relativa a la delimitación de suelo urbano; y asimismo se recogen medidas en materia de gestión forestal, siendo objeto de modificación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura y el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regulan la realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los registros de cooperativas, empresas en industrias forestales y montes protectores de Extremadura.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

Tal y como se avanzó tras la aprobación del decreto en Consejo de Gobierno, los titulares de explotaciones agrarias recibirán 3.000 euros por hectárea perdida en cultivos permanentes como el cerezo, el olivo y el castaño, mientras que las explotaciones ganaderas recibirán 500 euros por cada unidad de ganado mayor perdida, 100 euros por cada colmena y 37 euros por metro lineal de vallados que hayan resultado dañados.

Además de las ayudas directas, se destinan 1,1 millones de euros para una línea de préstamos, de hasta 60.000 euros por beneficiario, que van a ser bonificados al cien por cien en el pago de intereses.

En el caso del sector turístico, el decreto ley contempla una partida de 300.000 euros para compensar las pérdidas y apoyar su continuidad, que cubrirán hasta el 25 por ciento de la reducción de ingresos provocada por las cancelaciones de reservas, con un límite máximo por beneficiario de 3.000 euros.

Podrán pedir estas ayudas los autónomos y las pymes del sector turístico que desarrollen su actividad en municipios cuya población fue confinada, evacuada total o parcialmente, o aislada a causa de los incendios, que son en total 13 municipios en las comarcas del Valle de Ambroz, Valle del Jerte y Trasierra y Tierras de Granadilla.

También se han autorizado medidas para eximir del pago de tasas en actividades cinegéticas y ganaderas afectadas por los incendios, como los cotos de caza que hayan perdido sus recursos cinegéticos o hayan visto reducida su actividad, que tendrán una bonificación de un 100 % del impuesto sobre aprovechamiento cinegético.

Además, se ha aprobado la modificación de la Ley de Protección Ambiental de Extremadura, en la que se ha eliminado la obligación de realizar el informe de impacto ambiental abreviado en algunas actividades relacionadas con la agroindustria, la agricultura y la ganadería.



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