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24 noviembre 2025
El Ayuntamiento de Badajoz ha celebrado en la mañana de este lunes un pleno extraordinario para la elección, por sorteo público, de los presidentes y vocales que integrarán las 196 mesas electorales en los próximos comicios autonómicos, que tendrán lugar el 21 de diciembre.
El censo electoral del municipio de Badajoz para esta convocatoria asciende a 119.926 electores, mientras que el desglose por perfiles según requisitos legales comprende el censo para presidente de mesa con 55.373 electores (titulación mínima de Bachillerato o FP Grado II); y para vocales con 84.607 electores (nivel equivalente a Graduado Escolar o ESO).
En cuanto a la distribución por distritos, el total del censo se reparte en 10, con un total de 196 mesas electorales, cifra que se mantiene respecto a las últimas elecciones.
El Distrito 1 (zona centro) comprende ocho secciones, 13 mesas y 7.834 electores; el 2 (calle Porvenir) cinco secciones, 10 mesas y 6.878 electores; el 3 (carretera de la Corte) 13 secciones, 22 mesas y 14.037 electores; el 4 (R. Pilar, Giles Ontiveros, A. Cuéllar y Las Vaguadas) con 16 secciones, 30 mesas y 18.143 electores y el 5, 10 secciones, 16 mesas y 8.253 electores.
A su vez, el distrito 6 incluye cinco secciones, nueve mesas y 5.124 electores; el 7 (Hospital Universitario de Badajoz (HUB) - avenida de Elvas) 14 secciones, 28 mesas y 17.745 electores; el 8 (Cerro Gordo), nueve secciones, 19 mesas y 11.598 electores; el 9, 18 secciones, 29 mesas y 17.198 electores; y el 10 (María Auxiliadora - Pedro Balas), nueve secciones, 20 mesas y 13.116 electores.
Cada una de las 196 mesas contará con un presidente y dos vocales, además de dos suplentes por cada cargo; y en total 1.764 ciudadanos han sido elegidos mediante sorteo y serán debidamente notificados conforme establece la Ley, una vez finalizado el sorteo, "a la máxima celeridad posible".
Los miembros designados deben cumplir los requisitos de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), tales como ser menores de 65 años, saber leer y escribir y estar censados en la sección electoral correspondiente.
Los designados disponen de siete días para presentar ante la Junta Electoral de Zona una causa justificada y documentada que impida la aceptación del cargo. La Junta resolverá en un máximo de cinco días, sin ulterior recurso, pudiendo comunicar la sustitución al primer suplente. Si el impedimento se produce posteriormente, deberá comunicarse con al menos 72 horas de antelación.
En caso de incapacidad sobrevenida menos de 72 horas antes, el aviso debe realizarse de forma inmediata y siempre antes de la constitución de la mesa. Las notificaciones se realizarán conforme al artículo 42.2 de la Ley 39/2015, mediante notificación en papel.
Para esta convocatoria, concluye el ayuntamiento, se han habilitado 55 colegios electorales, con un cambio de ubicación y la desaparición de dos centros anteriores, de manera que de la Asociación de Vecinos Barriada de Llera se pasa al C.E.I.P. Ciudad de Badajoz (cuatro mesas), mientras que las tres mesas del antiguo I.E.S. Anexo San Fernando se trasladan al C.E.I.P. Juan Vázquez, que albergará seis mesas; y la mesa única del C.E.I.P. Sagrada Familia (Josefinas) a la Asociación de Vecinos Santa Marina (seis mesas).
La estructuración de las secciones, la obligatoriedad del desempeño de cargos en las mesas electorales y los procedimientos de notificación y alegación se rigen por los artículos 23 y 27 de la Loreg, así como por la Instrucción 6/2011 de la Junta Electoral Central, relativa a impedimentos y excusas justificadas.
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